Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  18, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

Movilidad prestacional y verdad

Por Walter F. Carnota

“Habitualmente, al esgrimirse el derecho a las “jubilaciones y pensiones móviles” del cual nos habla el artículo 14 bis, tercer párrafo, de la Constitución Nacional, lo asociamos mentalmente con el derecho de propiedad privada y su intangibilidad (art.17, íd.). Después de todo, la movilidad procura mantener inalterado -o lo menos alterado posible- el valor de la prestación. Ello, si se quiere, tiene una referencia más concreta al inicio de la cláusula constitucional consignada en primer término que, como se sabe, indica que: “El Estado otorgará los beneficios de la Seguridad Social que tendrá carácter de integral e irrenunciable”.

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: movilidad.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE